¿Sabía usted que, no contar con un contrato firmado implica un riesgo?
- Gustavo Méndez Aguayo

- 15 jul 2024
- 2 Min. de lectura
En efecto estimado lector, en esta ocasión les hablare de un tema que podría ahorrarles muchos problemas de diferentes tipos, ya sea laboral, o en relación con su carro, desde luego a su casa, que a veces hasta las andan perdiendo, todo por no hacer un contrato.
De tal suerte que empezare diciéndole que los contratos son una forma de garantizar las operaciones, las transacciones que realiza en cuanto a compra venta, servicios que se prestan, etcétera, es decir, los contratos son muy importantes porque con ellos se busca garantizar la seguridad jurídica de las partes, podemos hasta decir que son sinónimo de confianza, aunque no todos los contratos debo reconocerlo, porque nos han llegado asuntos en los cuales nos presentan contratos que bajan del internet y la realidad es que cada contrato debe ser hecho acorde al caso concreto, al asunto especifico, ya que de lo contrarios y al someterlos al escrutinio litigioso lejos de garantizar la transacción hecha, nos puede salir el tiro por la culata, dice el viejo y conocido refrán.
Un contrato es un pacto, un acuerdo de voluntades y aclaro, si bien es cierto existen los contratos tácitos, es decir esos que no necesitan constar por escrito, es más, incluso podrá debatirme diciendo, en donde quedó el valor de la palabra que nos heredaron nuestros padres y abuelos, al menos a los de la generación a la que hoy nos llaman chavorrucos, pues debo decirle tristemente que ya pasó a la historia, ahora lo que vale es papelito habla y no siempre, a decir verdad.
Por lo que si ahora, hasta lo que está por escrito se niega o se controvierte, debemos tener especial cuidado a que todo lo acordado conste por escrito e incluso establecer consecuencias para el caso de incumplimiento, no solo dejar claro el objeto del contrato, es decir, lo que se va a comprar o vender, o rentar o en los servicios que se van a prestar, sino también las especificaciones particulares, como lo pueden ser calidad del producto, tiempo del arrendamiento, tipo de servicios y requisitos para la prestación de los mismos, desde luego la contraprestación, es decir el pago, en el cual igualmente se debe especificar sus términos.
Es conveniente que usted sepa que el contrato debe conservarlo, se debe firmar y sugerimos que sea en tinta azul para que se note, lo mismo es muy importante conservar los comprobantes de pago o de entrega de los bienes o servicios contratados, etc., vaya en los contratos se concentran las obligaciones de una relación o acto de cualquier tipo que haya sido pactada por las partes, los acuerdos, objetos muebles o inmuebles, finalmente de lo que se trata es de garantizar el cumplimiento de ambas partes contratantes.
Y no es que yo sea un aguafiestas, pero a veces porque ahorrarse unos centavos, descuidan los pesos, todo por asesorarse debidamente y pedir que se les haga un contrato





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