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¿Sabía usted que niñas, niños y adolescentes, tienen derecho a no ser discriminados?

Por lo que en primer lugar comentaré que, igualdad sustantiva es el acceso que todos tenemos a un mismo trato y oportunidades, para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.


Es por ello que, las autoridades de los tres niveles de gobierno,  Federación, Estados y municipios y las demarcaciones territoriales de la ciudad de México deben garantizar la igualdad sustantiva en cuanto a lo siguiente:


I. Transversalizar la perspectiva de género en todas sus actuaciones y procurar la utilización de un lenguaje no sexista en sus documentos oficiales; es decir, significa visibilizar y analizar las desigualdades entre los géneros, las relaciones de poder existentes entre los mismos, e intervenir para modificarlo.


También deben:

II. Diseñar, implementar y evaluar programas, políticas públicas a través de Acciones afirmativas tendientes a eliminar los obstáculos que impiden la igualdad de acceso y de oportunidades a la alimentación, a la educación y su atención médica;


III. Deben implementar acciones específicas para alcanzar la eliminación de costumbres, tradiciones, prejuicios, roles y estereotipos sexistas o de cualquier otra índole que estén basadas en la idea de inferioridad;


IV. Igualmente establecer medidas dirigidas de manera preferente a niñas y adolescentes que pertenezcan a grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrenten condiciones económicas y sociales de desventaja para el ejercicio de los derechos contenidos en esta Ley;


V. Así como establecer los mecanismos institucionales que orienten al Estado mexicano hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las niñas y adolescentes;


VI. Y desarrollar campañas permanentes de sensibilización de los derechos de niñas y adolescentes.


Las normas aplicables a las niñas y a las adolescentes deberán estar dirigidas a visibilizar, promover, respetar, proteger y garantizar, en todo momento, sus derechos en aras de alcanzar la igualdad sustantiva con respecto a los niños y a los adolescentes; y, en general, con toda la sociedad.


Así mismo tienen derecho a no ser sujetos de discriminación alguna ni de limitación o restricción de sus derechos, en razón de su origen étnico, nacional o social, idioma o lengua, edad, género, preferencia sexual, estado civil, religión, opinión, condición económica, circunstancias de nacimiento, discapacidad o estado de salud o cualquier otra condición atribuible a ellos mismos o a su madre, padre, tutor o persona que los tenga bajo guarda y custodia, o a otros miembros de su familia.


Y no es que yo sea un aguafiestas, pero las autoridades están obligadas a llevar a cabo medidas especiales para erradicar la discriminación, así que mientras no se diseñen políticas públicas para ello eso y nada, son dos nada.

 
 
 

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