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¿Sabía usted que la NOM-035, trata de evitar el estrés laboral?

En efecto la Norma Oficial Mexicana 035 (nom-035), tiene como objeto evitar el estrés laboral, entre otros factores de riesgo en el trabajo, esta norma fue publicada oficialmente el 23 de octubre de 2018 y entró en vigor en su primera fase a partir del 23 de octubre del 2019 y la totalidad de la norma el octubre 23 del 2020.

Esta norma 035 es una reglamentación emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, cuyo objeto es establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, la violencia laboral, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo, ya que se reconoce que las condiciones laborales impactan y trascienden en la salud mental y emocional de los trabajadores.


La nom 035 es aplicable a empresas con más de 15 empleados, ahora bien, de los centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores, deben cumplir con determinados requisitos, mientras que las de más de 50 empleados, se les establecen cargas adicionales, sin embargo, en ambos casos lo que se busca es la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, tales como:

  1. Ambiente de trabajo.

  2. Cargas de trabajo.

  3. Ausencia de control en el trabajo. 

  4. Jornadas de trabajo y rotación de turnos excesivas. 

  5. Interferencia en la relación trabajo-familia.

  6. Liderazgo y relaciones negativas.

  7. La violencia laboral.


Por lo que conforme a la NOM 035, los factores de riesgo psicosocial se definen como “aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo, entre otros.


De tal suerte que las empresas, tienen la obligación de resguardar la evidencia suficiente y competente, a efectos de acreditar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social cuando les practiquen alguna inspección sobre el cumplimiento de la nom 035, ya que de lo contrario podrían ser sancionados, con fundamento en la  Ley Federal del Trabajo, con multas que van desde 250 a 5 mil unidades de medida de salario, las famosas UMAS, es decir, con importes que van desde los 28285 pesos y hasta los 565,700 pesos por empleado, además de que sanciones adicionales como la clausura temporal o definitiva de la empresa .


Y no es que yo sea un aguafiestas, pero, además de que hemos escuchado que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social iniciará con estas inspecciones, los trabajadores pueden denunciar el incumplimiento de su patrón con la nom 035, denunciando ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Así que escríbame, lo puedo asesorar: gusmendeza@hotmail.com


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