Pero no solo a una simple educación, sino de calidad que contribuya al conocimiento de sus propios derechos y, basada en un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva, es decir, acceso al mismo trato y oportunidades, para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales, que se les garantice el respeto a su dignidad humana.
Para que se logren estos derechos, las autoridades de los tres niveles de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias garantizarán:
I. La atención educativa para su pleno desarrollo, por lo que los programas de estudio deberán considerar la edad, madurez, circunstancias particulares y tradiciones culturales;
III. La gratuidad de la educación pública obligatoria y para procurar la accesibilidad material, económica y geográfica a la educación, sin discriminación;
IV. Fortalecer la calidad educativa, mediante infraestructura y equipamiento adecuados para el aprendizaje y para las prácticas de enseñanza, la evaluación docente, entre otras;
V. Destinar recursos humanos, materiales y presupuestarios adecuados y suficientes para garantizar la educación de calidad de niñas, niños y adolescentes;
VII. Establecer acciones para grupos y regiones con mayor rezago educativo;
XII. Se elaboren protocolos de actuación sobre situaciones de acoso o violencia escolar para el personal y para quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia;
XIII. El pleno respeto al derecho a la educación y la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional,
XVI. Contribuir a garantizar la permanencia y conclusión de la educación obligatoria y abatir el ausentismo, abandono y deserción escolares;
XVII. Administrar la disciplina escolar de modo compatible con la dignidad humana, impidiendo la imposición de medidas de disciplina que no estén previamente establecidas, sean contrarias a la dignidad humana o atenten contra la vida o la integridad física o mental de niñas, niños y adolescentes;
XVIII. Erradicar las prácticas pedagógicas discriminatorias o excluyentes que atenten contra la dignidad humana o integridad, especialmente los tratos humillantes y degradantes;
XIX. Inculcar en niñas, niños y adolescentes el respeto al medio ambiente;
XX. Establecer mecanismos para fomentar el uso responsable y seguro de las tecnologías de información y comunicación, y
XXI. Establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso y permanencia de niñas y adolescentes embarazadas, faciliten su reingreso y promuevan su egreso del sistema educativo nacional.
Igualmente se deben fomentar los valores fundamentales y el respeto de la identidad propia, así como a las diferencias culturales y opiniones diversas, desarrollar la personalidad, las aptitudes y sus potencialidades, inculcarles, sentimientos de identidad y pertenencia a su escuela, comunidad y nación, difundir sus derechos humanos y las formas de protección con que cuentan para ejercerlos.
Y no es que yo sea un aguafiestas, pero ahora considero que los adultos están transgrediendo el derecho a la educación, privilegiando sus intereses personales y hasta políticos, controvirtiendo este derecho fundamental en Tribunales.
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